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jueves, 12 de diciembre de 2013

Normativa de sillas de niños para el coche - España

¿Tengo que llevar silla para el niño en el coche en España?

Según la normativa de sillas para niños, para coches en España, es obligatorio el uso de silla para transportar a niños en coche, en determinadas ocasiones. Por ejemplo, si el niño es menor de 12 años y mide menos de 135 cm, hay que usar obligatoriamente silla para el coche.


El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, afirma lo siguiente:

"Artículo 116. Obligatoriedad de su uso y excepciones.

Los conductores y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los casos y condiciones que se determinan en este capítulo y en las normas reguladoras de los vehículos, con las excepciones que igualmente se fijan en dicho capítulo, de acuerdo con las recomendaciones internacionales en la materia y atendiendo a las especiales condiciones de los conductores minusválidos.

Artículo 117. Cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados.

1. Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación de vías urbanas como interurbanas:

a) Por el conductor y los pasajeros:

1.º De los turismos.

2.º De aquellos vehículos con masa máxima autorizada de hasta 3.500 kilogramos que, conservando las características esenciales de los turismos, estén dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de personas y mercancías.

3.º De las motocicletas y motocicletas con sidecar, ciclomotores, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, cuando estén dotados de estructura de protección y cinturones de seguridad y así conste en la correspondiente tarjeta de inspección técnica.

b) Por el conductor y los pasajeros de los asientos delanteros de los vehículos destinados al transporte de mercancías, con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos, y de los vehículos destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas de asiento, con una masa máxima autorizada que no supere las cinco toneladas y que estén obligados por reglamentación a estar provistos de cinturones de seguridad o dispositivos de retención.

2. Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto (artículo 11.4 del texto articulado).

Las personas de más de tres años, cuya estatura no alcance los 150 centímetros, deberán utilizar un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y a su peso o, en caso contrario, estar sujetos por un cinturón de seguridad u otro sistema de sujeción homologado para adultos de los que estén dotados los asientos traseros del vehículo.

Los niños menores de tres años, que ocupen los asientos traseros, deberán utilizar un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y a su peso.

La utilización de los cinturones de seguridad, en los vehículos destinados al transporte escolar y de menores, se ajustará a lo establecido en su reglamentación específica y, en concreto, a las disposiciones contenidas en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril.

3. El hecho de no llevar instalado el vehículo los cinturones de seguridad tendrá la consideración de infracción que se sancionará conforme a lo establecido en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial."

La ley 17/2005 de Julio, que regula el permiso de conducción por puntos, en España y modifica algunos textos del decreto mencionado, establece los siguientes términos exactos:

"En todo caso, queda prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Asimismo, queda prohibido circular con niños menores de tres años situados en los asientos traseros del vehículo, salvo que utilicen para ello un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y a su peso con las excepciones que se establezcan reglamentariamente."



Queda sobreentendido que no hacer uso del cinturón de seguridad o sistemas homologados de sujeción, puede acarrearnos consecuencias graves, y la pérdida de puntos de nuestro carnet de conducir en España.


Además, la normativa europea, nos indica que los niños menores de 3 años, sea cual sea su estatura, no podrán viajar en un vehículo si este no está provisto de sistema homologado de sujección a tal efecto. Además, nos indican que los niños inferiores a 150 cm de altura, no deben ocupar un asiento delantero y si lo hacen, debe ser con una silla adecuada a su peso y edad. Y otros detalles que nos especifica la normativa europea:

  • Los niños de más de tres años de edad y cuya estatura sea inferior a 150 cm deberán estar sujetos por un dispositivo de retención para niños si el vehículo dispone de éste.
  • Los niños de más de tres años de edad y cuya estatura sea inferior a 150 cm sólo podrán viajar en los asientos delanteros de los vehículos si utilizan asientos infantiles adecuados.
  • Cada país, dentro de la Unión Europea, podrá permitir que, en su territorio, los niños cuya estatura sea inferior a 150 cm pero al menos igual a 135 cm utilicen el cinturón de seguridad para adultos.
Entonces, ¿hay que usar la silla para el coche / niño, hasta que éste cumpla 12 años 3... o como va esto?

No obligatoriamente, 12 años, es una edad más bien orientativa. Si el niño supera 135 cm de altura puede viajar en los asientos normales del coche, y utilizar los cinturones de seguridad con los que el vehículo está equipado. Además, en España, se permite que el sujeto o niño, no utilice silla para el coche en taxis, siempre y cuando usen los asientos traseros para sentarse, y el taxi circule por áreas urbanas.

Vale, ¿lo has entendido? un pequeño resumen:

Asientos delanteros

  • Hay que usar silla si... -> el niño es menor de 12 años / no mide más de 135 cm. 
  • No hay que usar silla si... -> el niño mide más de 135 cm

Asientos traseros

  • Hay que usar silla si... -> el niño es menor de 12 años y no mide más de 135 cm. 
  • Se puede usar silla si... -> el niño o sujeto, mide entre 135 y 150 cm, en cuyo caso puede optar por usar silla o los cinturones del coche.
  • No hay que usar silla si... -> el niño es menor / mayor de 12 años y mide más de 135 cm.
NUNCA HAY QUE USAR SILLA SI... -> queremos orientarla hacia atrás y no hemos desactivado previamente los airbags frontales del vehículo.


¿como saber que silla utilizar?


Los dispositivos de retención para niños se dividen en cinco 'grupos de masa':
a) el grupo 0 para niños que pesen menos de 10 kg;
b) el grupo 0 + para niños que pesen menos de 13 kg;
c) el grupo I para niños que pesen entre 9 kg y 18 kg;
d) el grupo II para niños que pesen entre 15 kg y 25 kg;
e) el grupo III para niños que pesen entre 22 kg y 36 kg.

La silla que compres, debe ser del grupo que precisas según las características del niño. Esta información ha sido publicada con respecto a la normativa vigente actualmente, es decir, a día de hoy. Recientemente, se ha lanzado una propuesta que permanece en estudio y pretende reformar o variar en algunos puntos dicha normativa. En un futuro, puede que las leyes cambien y esta publicación se vea afectada. En caso de duda, lo mejor es consultar con fuentes oficiales fiables.

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